lunes, febrero 27, 2006

El Derecho y la sinécdoque perversa

Tesis: “El Derecho Administrativo de extranjería, con su concreción práctica en las autorizaciones de estancia y residencia, el mismo derecho de reagrupación familiar, o también las medidas personales individualizadas sobre algunos inmigrantes, pudieran tener que ser repensados a la luz de las nuevas expresiones del fenómeno terrorista.” - Francisco José Hernando, presidente del Consejo General del Poder Judicial.

(Pre)Antítesis: La sinécdoque, la traslación de valor entre el todo y alguna de sus partes o viceversa, es una de las pequeñas falsedades de la que se sirven fenómenos totalitarios como la religión o el nacionalismo. Mentirijilla ésta que desde tiempos inmemoriales también viene siendo plenamente aceptada por aquellos que luchan contra una religión o nacionalidad en concreto (por lo general, desde las filas de otra religión o nacionalidad). En Irak a día de hoy, por ejemplo, el Todo (ser suní o chiíta) anula cualquier cualidad, bondades o maldades o sencillamente mediocridades, de la parte individual, la lleva a ser pasada por la piedra y degollando que es gerundio.

Antítesis: Mucho me temo que Francisco José Hernando cae, quizá por influencia bushista (PP mediante), en esa igualdad perversa que reza Islam = Terrorismo. A continuación, va un paso más allá y equipara Islam (Terrorismo) = Inmigración. Y, víctima irremediable de la sinécdoque, sugiere: inmigrante = terrorista en potencia. Todo lo cual se traduce en el enroque habitual del conservadurismo: recorte de derechos y libertades. Lo que, en definitiva, se podría desmontar acudiendo a la matemática y a la lógica. Con una formulación como la que sigue: Si, pongamos, el 85% de X (siendo X el total del Islam) no es = a terrorista y no es = a apoyo de terrorista, y si el 99,5% de Y (siendo Y el total de inmigrantes que llegan al año a nuestro país) no es = a terrorista y no es = a apoyo de terrorista, se deduce que posiblemente X no solo no sea = a Y (como mucho comparten el sema “abandonar el país de origen en busca de una vida mejor”), sino que ni X ni Y pueden ser reducidos a una relación de igualdad con Z (siendo Z el terrorismo).

Síntesis: La Ley establece un plano de comportamiento general, limita por tanto las opciones de actuación particular, pero en las sociedades occidentales sabe volverse ligeramente permeable a través de la presunción de inocencia, el peaje del juicio justo y dos o tres derechos más, posibilidades básicas de cuanto hemos dado a llamar democracia. La Ley de Extranjería no puede ni debe, en ese sentido, endurecerse hasta convertirse en un muro infranqueable. A partir de ahí, todo lo que implique mejorarla (camino de un estudio completo y personalizado de cada solicitud de asilo, estancia, residencia, reagrupación familiar, etc.) será alegremente bienvenido.

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